La primera ley de sufragio universal en nuestro país rigió en la
provincia de Buenos Aires y fue obra del grupo rivadaviano en el poder allá por
1821. El proyecto del oficialismo establecía que todos los hombres libres
nativos del país o avecindados en él, mayores de 20 años, tendrían derecho al
voto. Sin embargo en el artículo 6 el proyecto establecía que además de tener
vedado el derecho al voto los menores de 20 años, también lo tenían los
analfabetos, los deudores fallidos, deudores del tesoro público, dementes, notoriamente vagos,
criminales con pena corporal o infamante, los domésticos a sueldo, jornaleros y
soldados. La justificación con respecto a estos últimos era que estaban bajo la
influencia del patrón y no tenían ideas propias. Frente a estos argumentos se expresó
el entonces legislador Manuel Dorrego al afirmar que lo mismo podría decirse de
los empleados públicos dependientes del estado o de los capitalistas
dependientes de los bancos a quienes la ley no les impedía ejercer el derecho
al voto.
Más tarde, hacia 1869, Juan
Bautista Alberdi, inspirador con sus escritos de la Constitución Nacional de
1853, afirmaba: “No puede rigurosamente
haber sufragio universal donde la universalidad de los sufragantes carece de
toda educación, de toda inteligencia en las prácticas del sufragio verdadero. (…)
Una multitud incapaz no tiene, no puede tener derecho propio. (…) Libres al
modo de los menores o los incapaces del orden civil, esas multitudes tituladas “soberanas”
elijen como elijen las mujeres o los menores de edad: lo que se les quiere
hacer elegir”. Expresaba Alberdi el pensamiento de los hombres de la
generación el ’80, que en tanto “dueños del país” iban a cuidar los intereses nacionales
aplicando el fraude patriótico. Existiendo una ley de sufragio universal, ellos
manipularían las elecciones mediante el fraude, para que las voluntades de esa “multitud
incapaz” no desvíe el camino de la buena senda elegida por los administradores
del granero del mundo. Una república oligárquica contra la que se pararon y
lucharon diversos sectores. La lucha contra el Régimen dio nacimiento a la UCR,
que con revoluciones, rebeliones armadas y con una política abstencionista
logró presionar al oficialista PAN para que debata una ley electoral que tras
un acuerdo con el presidente Roque Saenz Peña vio la luz en 1912: la Ley de
voto secreto, universal y obligatorio. Sin embargo su universalidad se limitaba
solo a los hombres.
Es así como llegamos a 1932
cuando se dio en el Congreso Nacional el debate sobre el voto femenino, una instancia
previa a la que posibilitó la sanción definitiva de dicha ley bajo el gobierno
peronista. La mayoría conservadora esgrimió su oposición a la posibilidad en
base a la tradicional imagen de la mujer en tanto “reina del hogar”. Las características
de la “naturaleza” femenina exigían limitar su participación política. De esta
manera el diputado Francisco Uriburu afirmaba en el recinto el 15 de septiembre
de 1932 que: “es frágil, sufre ondas
emociones, vive en cierto estado de inquietud que exige la protección del hombre…Inteligente
pero llena de emotividad y de sensibilidad puede sufrir la influencia del
orador de voz cantante…Y en esas circunstancias no la hacen apta para la
política, porque la razón de gobernar está subordinada al sentimiento que puede
inspirarle”. Según Uriburu posibilitar
el voto femenino: “… es fomentar la
disolución de la familia con gérmenes de anarquía: disminuir el poder marital
ya socavado por la acción económica de la mujer, es propender a la disminución de
los matrimonios, porque no seducirá al hombre constituir un hogar cuya
dirección no le pertenece”.
Ya en 1947 la oposición radical,
volvió a plantear el debate en términos de género, brindando una imagen de buen
ciudadano masculinizante. El diputado
Oscar López afirmaba en la Cámara el 9 de septiembre de 1947: “las mujeres fueron elementos sumisos para
los sueños de conquista de los gobernantes. Procuremos que no se repita eso. Ello
ha de ser obra de la cultura política y su alcance nos incumbe en primer término
a los hombres que hace años venimos entregando nuestra actividad política al
servicio del país. ”.
Finalmente llegamos a 2012, una
nueva reforma electoral le posibilita a los menores de 18 años, el derecho a
ejercer de manera voluntaria el derecho al voto a partir de los 16 años.
Argumentos opositores recurrieron a las ya mencionadas incapacidades de los jóvenes
para votar, a la posibilidad de la manipulación de su voto y a la necesidad de
que si se les otorga tal derecho debe ser también posible que un menor de 16
años pueda ir a la cárcel, como si el derecho al voto se vinculara con la imputabilidad.
Como afirma Romero en “Las ideas política en la Argentina” desde la época de la
colonia dos tradiciones políticas conviven en nuestro país, una conservadora y
otra progresista, la primera renuente a las transformaciones y asociada a los
sectores establecidos de la sociedad y la segunda vinculada a las luchas
reivindicativas de derechos. Como afirmo la presidenta Cristina Fernández de
Kirchner: “Hay argentinos que tienen más derechos que en el día de
ayer, tenemos que festejar. Promulgamos la ley del voto optativo para jóvenes
de 16”.